- La Sección 230 protege a las empresas de Internet de la responsabilidad por el contenido de los usuarios en sus plataformas.
- El año pasado, el juez Thomas cuestionó cómo los tribunales inferiores estaban interpretando la ley.
WASHINGTON – La Corte Suprema acordó el lunes escuchar un desafío a la amplia inmunidad legal que protege a las empresas de Internet de las demandas por contenido generado por los usuarios, un caso con consecuencias potencialmente enormes para las redes sociales.
Una disposición de la Ley de Decencia en las Comunicaciones de 1996 conocida como Sección 230 tenía por objeto proteger la libertad de expresión en Internet al proteger a las empresas de Internet de la responsabilidad por gran parte del contenido que sus usuarios publican en sus plataformas. La ley también protege a las empresas de demandas por eliminar contenido que viola sus políticas.
Pero la ley ha generado críticas tanto de demócratas como de republicanos en medio de preguntas sobre si las empresas de redes sociales se han vuelto demasiado poderosas.
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Nohemi González, ciudadana estadounidense de 23 años, murió en un ataque del grupo Estado Islámico en París en 2015. Su familia demandó a Google, alegando que era en parte responsable porque promovía videos y otros contenidos que propagaban el mensaje del grupo. La pregunta en el caso es si Google tiene derecho a las protecciones de la Sección 230 cuando recomienda contenido a otros usuarios, incluso cuando ese proceso es manejado por un algoritmo.
La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de los Estados Unidos, con sede en San Francisco, dictaminó que la Sección 230 protege a las empresas de las demandas, pero también planteó preocupaciones con respecto a la ley.
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El caso, Gonzalez v. Google, parecía diseñado para llamar la atención del juez asociado Clarence Thomas, quien ha cuestionado la Sección 230 en otros contextos.
La Corte Suprema concedió el lunes un caso separado pero relacionado sobre si Twitter, Google y Facebook podrían ser considerados responsables en virtud de la Ley Antiterrorista por “ayudar e incitar” al grupo Estado Islámico. Las plataformas, argumentaron los demandantes, jugaron un papel importante en el surgimiento de la organización militante islámica. Ese caso, sin embargo, no involucra directamente preguntas sobre la protección de responsabilidad bajo la Sección 230.
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La Corte Suprema descartó como discutible un caso de alto perfil el año pasado sobre si el expresidente Donald Trump tenía una base legal sólida cuando bloqueó a varios de sus críticos en Twitter cuando estaba en el cargo. Pero Thomas, en coincidencia, lamentó el poder de las empresas de redes sociales e indicó que podrían recibir un trato diferente según la ley.
“Al igual que con una utilidad de comunicaciones, esta concentración le da a algunas plataformas digitales un enorme control sobre el habla”, escribió Thomas. “Cuando un usuario aún no sabe exactamente dónde encontrar algo en Internet, y los usuarios rara vez lo saben, Google es el guardián entre ese usuario y el discurso de los demás el 90% del tiempo”.
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Colaboración: Jessica Guynn