Sociedad y persona

El reparto desigual en herencias familiares desata nuevas tensiones

El reparto desigual en herencias familiares desata nuevas tensiones © espanol.news
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Las donaciones de padres a hijos en vida vuelven a encender el debate sobre la legítima y el reparto justo de la herencia. Un gesto que parece generoso puede convertirse en el origen de un conflicto familiar inesperado.

Un piso para uno de los hijos, una transferencia inesperada para otro, y el patrimonio familiar que empieza a moverse antes de tiempo. Así suelen empezar los problemas: las donaciones en vida, lejos de ser solo un acto generoso, pueden convertirse en el centro de una tormenta familiar cuando entra en juego la legítima. El malestar aparece rápido: ¿qué pasa si un hermano recibe mucho más que el resto y el reparto final no parece justo?

La abogada Laura Lobo lo resume sin rodeos: mientras los padres viven y mantienen su capacidad, los hijos no pueden exigir nada. El Código Civil es claro: los derechos sucesorios solo existen tras el fallecimiento. Hasta entonces, ningún hijo puede reclamar su parte ni impedir que sus padres dispongan de sus bienes como quieran, siempre que respeten los límites legales. La ley protege la voluntad del propietario, no las expectativas de los futuros herederos.

En la mayoría de las comunidades autónomas de España, dos tercios de la herencia están protegidos por ley para los hijos, y solo un tercio queda a libre disposición del testador.

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El verdadero alcance de la legítima

El problema real no suele aparecer en el momento de la donación, sino cuando llega la hora de repartir la herencia. La legítima, ese mínimo legal reservado a los herederos forzosos, marca una línea que no se puede cruzar. En la mayor parte de España, dos tercios del patrimonio están reservados para los hijos, aunque uno de esos tercios puede destinarse a beneficiar especialmente a alguno. El tercio restante queda a libre disposición del testador, según el artículo 806 del Código Civil y el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La clave está en cómo se computan las donaciones previas. El artículo 818 del Código Civil obliga a sumar el valor de las donaciones hechas en vida al patrimonio restante para calcular la legítima. Así, un hijo que recibió un piso años atrás verá cómo ese regalo se descuenta de su parte cuando llegue el momento de repartir. No se trata de devolver el bien, sino de ajustar las cuentas para que nadie reciba menos de lo que marca la ley. Además, la normativa vigente considera los regalos en vida como un anticipo de la herencia y no los excluye del cálculo sucesorio.

Donaciones y trampas legales

La confusión es frecuente: muchos creen que recibir una donación es quedarse con un extra, pero la realidad es más complicada. El Código Civil distingue entre computar, imputar y colacionar una donación. Incluso si el padre dispensa de colación, la donación puede tenerse en cuenta si perjudica la legítima. Solo si se invade la parte protegida, el hijo afectado podrá reclamar la reducción de la donación, pero no anularla por completo. La ley solo exige que se respete el mínimo, no la igualdad total. El Consejo General del Notariado y la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública insisten en la importancia de conocer estos matices antes de tomar decisiones sobre el patrimonio.

Las diferencias entre comunidades autónomas añaden otra capa de incertidumbre. Cataluña, por ejemplo, reduce la legítima a una cuarta parte y limita el cómputo de donaciones a los diez años previos al fallecimiento, salvo excepciones. En otras comunidades, las reglas varían y la vecindad civil puede cambiarlo todo. Además, el impacto fiscal de las donaciones y herencias depende de la comunidad: en Galicia, el impuesto de sucesiones puede partir del 5% para ciertos grupos, mientras que en Valencia, desde agosto de 2026, se permite donar hasta 4.000 euros sin notario bajo condiciones específicas.

El 77% de los españoles considera que las herencias son la principal causa de conflictos legales familiares, y el plazo para pagar el impuesto de sucesiones suele ser de 6 meses, aunque la aceptación de la herencia puede demorarse mucho más.

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El papel de la documentación

En este contexto, la información es clave. Guardar escrituras, fechas y valores de las donaciones puede ser decisivo si el conflicto estalla tras el fallecimiento. Solo entonces se analizará qué legislación se aplica, qué bienes quedan y qué donaciones deben sumarse al cálculo. El hijo que se siente perjudicado no puede anticipar la batalla en vida de sus padres, pero sí prepararse para defender sus derechos llegado el momento. Según la prensa nacional, la documentación correcta y el conocimiento de la normativa vigente son claves para evitar sorpresas desagradables.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública lo resumió en 2026: mientras el causante vive, los futuros legitimarios no tienen derecho sucesorio alguno. Pero una vez abierta la sucesión, la ley protege a quien vea lesionada su legítima. El equilibrio entre la libertad de disponer y la protección de los herederos forzosos es frágil, y cada familia lo vive a su manera.

En el fondo de estas disputas, la herencia se convierte en un escenario donde los gestos del pasado pesan tanto como las palabras del testamento. No es casualidad que historias como la de la familia de Asraf Beno sigan generando interés: el reparto de afectos y bienes nunca es solo cuestión de números, sino de equilibrios y heridas que a veces tardan años en cerrarse. La ley marca los límites, pero la realidad familiar siempre encuentra sus propios caminos. Ignorar el peso de las donaciones en vida puede llevar a descubrir demasiado tarde que la generosidad mal calculada es el mejor caldo de cultivo para un conflicto que nadie esperaba.

Elena Serrano Español.News
Redacción de España

Elena Serrano

Elena Serrano es periodista especializada en estilo de vida, cultura popular y vida cotidiana en España. Ha trabajado con Estilo Hoy y Gala España, publicando contenidos que combinan entretenimiento con información práctica.