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Polémica por el permiso judicial a Begoña Gómez para viajar solo a Londres

Ricardo Rubio Español.News

Publicado por Ricardo Rubio

Polémica por el permiso judicial a Begoña Gómez para viajar solo a Londres Español.News
Polémica por el permiso judicial a Begoña Gómez para viajar solo a Londres

El juez permitió a Begoña Gómez asistir a la graduación de su hija en Londres, pero le prohibió viajar a la cumbre de la OTAN en Ankara. La decisión ha generado críticas por su falta de lógica y argumentos jurídicos sólidos.

El reciente fallo judicial que permitió a Begoña Gómez, esposa del presidente Pedro Sánchez, viajar a Londres para la graduación de su hija, pero le negó la salida a Ankara para acompañar a su marido en la cumbre de la OTAN, ha desatado un intenso debate en el ámbito jurídico español. La resolución, firmada por el juez instructor Antonio Viejo, ha sido calificada por expertos como incoherente y carente de fundamento racional, especialmente por la presunción de riesgo de fuga que se atribuye a Gómez.

La decisión se tomó en un contexto de interinidad judicial, ya que Viejo actuaba como sustituto del sustituto del juez titular Juan Carlos Peinado, ambos de libranza en ese momento. Según recoge EL PAÍS, varios catedráticos de Derecho Penal consideran que la medida cautelar aplicada a Gómez resulta desproporcionada y poco justificada, dado que la presunción de inocencia debería prevalecer y las restricciones a la movilidad deben ser mínimas y razonables.

El juez argumentó que el viaje a Londres, previsto entre el 8 y el 10 de julio, tenía un carácter familiar y que la cooperación judicial entre España y Reino Unido es adecuada, incluso tras el Brexit. Sin embargo, denegó el desplazamiento a Ankara, alegando que Turquía no forma parte del espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea, lo que dificultaría la cooperación en caso de fuga, y que la invitación a la cumbre era solo por cortesía institucional, sin papel activo para Gómez.

Juristas consultados critican que la distinción entre ambos destinos carece de base sólida. Recuerdan que Turquía es firmante del Convenio Europeo de Extradición y mantiene acuerdos bilaterales con España, mientras que Reino Unido tampoco pertenece al espacio judicial europeo, aunque dispone de un régimen propio. Además, consideran poco realista suponer que la esposa del presidente del Gobierno pueda huir rodeada de escoltas y en un contexto tan público.

Algunos expertos sugieren que la resolución de Viejo buscaba no contradecir abiertamente la línea marcada por el juez Peinado, quien previamente había apreciado un supuesto riesgo de fuga. Otros apuntan a que la decisión representa una solución intermedia, intentando equilibrar la independencia judicial con el respeto a las medidas cautelares ya impuestas, aunque la motivación jurídica se percibe como débil y poco individualizada.

En el auto, la diferencia entre un evento familiar y una cita institucional se utiliza como criterio, pero varios fiscales y jueces consideran que ambos viajes carecen de una necesidad jurídica estricta y que la argumentación no profundiza en el análisis concreto del riesgo real de fuga en cada caso. La falta de justificación detallada y la referencia abstracta al peligro de evasión son señaladas como las principales debilidades de la resolución.

El caso de Begoña Gómez ha puesto de relieve las dificultades que surgen cuando las decisiones judiciales se toman en situaciones de interinidad y bajo presión mediática. Aunque Gómez está acusada de varios delitos, las penas mínimas asociadas no suelen justificar medidas tan restrictivas, y la posibilidad de suspensión de condena en caso de sentencia reduce aún más el riesgo de fuga. El debate sobre la proporcionalidad y la motivación de las medidas cautelares sigue abierto en el ámbito judicial español.

Como contexto, la cooperación judicial internacional se rige en Europa por acuerdos multilaterales y bilaterales, siendo el Convenio Europeo de Extradición uno de los principales instrumentos. Turquía y Reino Unido, aunque fuera del espacio judicial de la UE, mantienen mecanismos de colaboración con España. Las decisiones sobre permisos de salida en procesos penales suelen valorar el riesgo de fuga, la gravedad de los delitos imputados y la naturaleza de los desplazamientos solicitados. El caso de Begoña Gómez ilustra cómo la interpretación de estos criterios puede variar según el juez y el momento procesal.

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