Hacienda empezará a retener hasta 591 euros del salario al nivel del SMI. A partir de 2026, los trabajadores con un salario igual al SMI verán en su nómina retenciones mensuales, aunque no tengan la obligación formal de presentar la declaración. Para recuperar estas cantidades, será necesario realizar la Declaración de la Renta.
En 2026, en España entrará en vigor un nuevo sistema fiscal para los trabajadores que perciben el salario mínimo interprofesional (SMI). Ahora, incluso quienes ganen 1.221 euros al mes en 14 pagas tendrán retenciones regulares en su nómina, aproximadamente 43 euros mensuales. Formalmente, el Estado asegura que este nivel de ingresos está exento del IRPF, pero en la práctica Hacienda aplicará una retención en cada pago.
Mecánica de las retenciones
La esencia del cambio es que el mínimo exento no se ha incrementado, sino que se ha implementado una deducción fiscal específica. Según Talent24h, las retenciones serán de unos 523 euros al año, equivalentes a 43 euros mensuales. Estas cantidades no se pierden para siempre: el trabajador puede recuperarlas presentando la declaración de la renta y aplicando la nueva deducción de 590,89 euros.
Aquí surge un matiz clave. Con este nivel de ingresos, no es obligatorio presentar la declaración y parte de los empleados podría no ejercer su derecho a la devolución. Esto supone un riesgo de que las cantidades retenidas permanezcan en las arcas públicas si la persona no tramita el reembolso por iniciativa propia.
Cómo funciona la deducción
La deducción de 590,89 euros está diseñada para compensar las retenciones, llevando la carga fiscal a cero para salarios de hasta 20.000 euros anuales. Las autoridades lo denominan como una “reducción de la carga fiscal hasta 591 euros” para las categorías de trabajadores correspondientes. Así, si se presenta la declaración, la carga fiscal final puede quedar realmente anulada.
Parámetros principales del cambio:
- SMI en 2026: 1.221 euros mensuales (14 pagas)
- Ingreso anual: 17.094 euros
- Retenciones anuales: 523 euros
- Deducción: 590,89 euros
Así, la devolución solo será posible si se presenta la declaración de forma independiente. Para muchos esto supondrá una nueva responsabilidad, aunque formalmente no está contemplada por la ley.
Críticas y preocupaciones
Expertos fiscales y representantes sindicales valoran de manera ambivalente el nuevo esquema. Muchos consideran que lo más lógico sería simplemente aumentar el mínimo exento hasta el nivel del SMI para evitar burocracia innecesaria y el riesgo de pérdidas económicas para los trabajadores con menos recursos. Los empresarios señalan la disminución de ingresos para el Estado, mientras que los sindicatos temen que el sistema cause confusión entre las personas con bajo nivel de educación financiera.
Especialmente vulnerables son las mujeres mayores de 35 años con contrato fijo en el sector servicios —comercio y hostelería— que residen en regiones como Canarias, Extremadura, Murcia y Andalucía. El riesgo de que no gestionen la devolución es especialmente alto para ellas.
Contexto y postura de las autoridades
El Gobierno explica la nueva medida como un intento de suavizar los saltos bruscos en la carga fiscal tras pequeñas subidas salariales. En los últimos años, ya se han realizado cambios en la fiscalidad del SMI, y esta medida es una continuación de esa tendencia. Es importante señalar que recientemente el Tribunal Supremo confirmó el derecho de Hacienda a determinar la base imponible en varias operaciones, lo que subraya las amplias competencias de la Agencia Tributaria.
Las cuestiones relativas a la devolución y pérdida de prestaciones sociales en España han sido objeto de debate en varias ocasiones. Por ejemplo, recientemente un tribunal de Madrid consideró legítima la exigencia de devolver el Ingreso Mínimo Vital tras recibir una herencia; más detalles sobre este caso se pueden encontrar en el artículo sobre la cancelación de la prestación social por motivo de herencia.