En España ampliaron la lista de enfermedades para la jubilación anticipada por incapacidad. El Ministerio incluyó 11 nuevas enfermedades en el listado para acceder a la jubilación anticipada por incapacidad. Los cambios afectarán a unas 50 mil personas. Las nuevas normas entrarán en vigor tras la actualización del marco regulatorio.
En España han cambiado las normas de jubilación anticipada para personas con discapacidad: el Ministerio ha añadido 11 enfermedades graves más a la lista que dan derecho a acceder a la pensión a partir de los 56 años sin reducción del importe. Así lo anunció la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, tras una reunión con la dirección de CERMI. La nueva medida afecta aproximadamente a 50.000 ciudadanos con una discapacidad del 45% o superior.
En la lista actualizada se incluyen patologías como la enfermedad de Parkinson, lesión medular, insuficiencia renal crónica en estadio 5, enfermedad de Huntington, distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), amiloidosis por transtiretina, esclerodermia sistémica, espina bífida, degeneración corticobasal de los ganglios, atrofia multisistémica y parálisis supranuclear progresiva. Todas ellas quedan ahora oficialmente recogidas en el anexo del Real Decreto 1851/2009, que regula las condiciones de jubilación anticipada por discapacidad.
Para tener derecho a la jubilación anticipada es necesario acreditar al menos 15 años de cotización, de los cuales un mínimo de 5 años la persona debe haber sufrido una de las enfermedades mencionadas con un grado de discapacidad no inferior al 45%. Además, el trabajador debe encontrarse en situación de alta o asimilada al alta en el momento de solicitar la pensión. Es importante destacar que, en estos casos, la jubilación anticipada no reduce el importe de la pensión: todo el periodo por el que se adelanta la edad de jubilación se computa como tiempo cotizado para el cálculo de la prestación.
El Ministerio también precisó que para algunas categorías de discapacidad es posible tramitar la pensión sin la aplicación de coeficientes reductores, siempre que se cumplan condiciones adicionales. Para ello se requerirá la conclusión de una comisión especial y el acuerdo con los socios sociales. En caso de aplicarse coeficientes, como señala Elma Saiz, aumentan las cotizaciones, lo que responde al principio de justicia y solidaridad del sistema.
Los cambios están recogidos en el Real Decreto 402/2025, que define el procedimiento para examinar los casos de jubilación anticipada considerando los nuevos coeficientes. Según el despacho jurídico Sammos Legal, las personas con discapacidad del 65% o superior pueden beneficiarse de coeficientes especiales para jubilarse anticipadamente sin perder prestaciones. Para otras profesiones, como los bomberos con 35 años de servicio, también existen condiciones especiales para la jubilación anticipada.
Las cuestiones de justicia social y acceso a las pensiones para los grupos vulnerables siguen siendo una prioridad para las autoridades españolas. Controversias similares sobre igualdad de derechos y acceso a la infraestructura han surgido recientemente en otros ámbitos: por ejemplo, los alcaldes de Toledo y los vecinos de la región reclaman la supresión del peaje en la AP-41, considerando que la saturada vía A-42 crea condiciones desiguales de movilidad. Más información sobre las demandas de las autoridades locales en el artículo sobre la lucha por una alternativa gratuita a la autopista de peaje.
Para referencia: en España, la jubilación anticipada por discapacidad está regulada por normativas específicas y la lista de enfermedades se revisa periódicamente. Las nuevas reglas están diseñadas para facilitar el acceso a la pensión a quienes tienen su capacidad laboral gravemente limitada por patologías crónicas severas. Según estimaciones de organizaciones especializadas, estas medidas ayudan a mejorar el nivel de protección social y reducir la discriminación por motivos de salud.