Una pensionista de Murcia ganó 35.000 euros en la ONCE, pero no puede recibir el premio. Su nombre figura en el registro de autoprohibición del juego, donde fue inscrita sin saberlo. El caso ha llegado a los tribunales.
Una pensionista de 79 años de Los Alcázares, Murcia, se enfrenta a la imposibilidad de cobrar un premio de 35.000 euros de la ONCE tras descubrir que su nombre figura en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego. La inscripción, realizada en 2012 sin su consentimiento, fue gestionada por su marido, ya fallecido, y ha salido a la luz solo después de que la afectada intentara cobrar el cupón premiado en agosto de 2025.
El caso ha generado un conflicto legal que ya ha llegado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La familia sostiene que la inscripción fue fraudulenta, ya que la mujer nunca tuvo problemas de adicción ni conocimiento de este registro, creado para personas que desean prohibirse voluntariamente el acceso a juegos de azar. El documento que formalizó la autoprohibición presenta errores en los datos personales y una firma que no coincide con la de la afectada, según la documentación obtenida tras meses de gestiones administrativas y judiciales.
La hija de la pensionista apunta a una disputa familiar como origen de la inscripción. Relata que su padre, contrario a que su madre acudiera a bingos con amigas en el club de mayores del municipio, habría enviado un burofax a la Dirección General de Ordenación del Juego suplantando la identidad de su esposa. El texto del burofax, fechado en enero de 2012, afirmaba que la mujer sufría pérdidas económicas graves por el juego, algo que la familia niega rotundamente.
La ONCE, por su parte, ha explicado que la ley impide abonar premios a personas inscritas en el registro de autoprohibición, independientemente de las circunstancias. En 2025, la organización repartió 1.660 millones de euros en premios, pero mantiene bloqueado el pago de los 35.000 euros hasta que la justicia resuelva el caso o se anule oficialmente la inscripción. Según los datos disponibles, situaciones similares han llegado a los tribunales en seis ocasiones en los últimos años, todas resueltas a favor de la ONCE.
La situación ha tenido un impacto directo en la salud de la pensionista, que padece párkinson y ha visto agravados sus síntomas por el estrés del proceso. Su familia insiste en que lo prioritario es que recupere la tranquilidad y pueda disfrutar del premio si finalmente la justicia le da la razón. El caso pone de relieve la importancia de los controles en los registros de autoprohibición y la dificultad de revertir inscripciones realizadas sin consentimiento, especialmente cuando afectan a personas mayores.
El Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego es una herramienta legal en España para quienes desean limitar su acceso a juegos de azar por voluntad propia. La inscripción suele ser irrevocable y solo puede anularse por vía judicial si se demuestra fraude o suplantación. La ONCE, como operador de juego, está obligada a consultar este registro antes de abonar premios. El caso de Los Alcázares subraya la necesidad de reforzar los mecanismos de verificación y protección de datos personales en estos procedimientos, especialmente para colectivos vulnerables.