El día después de la presentación de los nuevos iPhone, Apple recibió una bofetada muy desagradable por parte del Tribunal de la Unión Europea, ya que el panel anuló la sentencia del Tribunal General en julio de 2020, revirtiendo prácticamente el resultado del caso de evasión fiscal en el que Apple Entre 2003 y 2014 incurrió en 13 mil millones de euros. Estaba en juego el destino de su impuesto de sociedades irlandés.
Según la sentencia judicial de hoy, la empresa de Cupertino, de conformidad con la decisión de la Comisión Europea de 2016, y contrariamente a la decisión de segunda instancia, aún así devolvió a Irlanda la cantidad anterior y sus intereses con base legal, ya que fue pagado “A través de un acuerdo que se considera una ayuda estatal prohibida, que entra en conflicto con la legislación fiscal de la Unión Europea, se salvó”.
En el procedimiento original, la autoridad de la UE dirigida por Margrethe Vestager examinó dos decisiones específicas de la autoridad fiscal, que permitieron a Apple prácticamente transferirla a su filial fuera de la UE sin pagar el impuesto de sociedades irlandés.
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Según el anuncio anterior de la Comisión, las decisiones específicas permitieron a Apple Sales International reducir su tasa impositiva efectiva del 1 por ciento pagada en 2003 al 0,005 por ciento en 2014, mucho menos de lo que paga cualquier empresa irlandesa.
Aunque, basándose en la sentencia del Tribunal General de 2020, la Comisión no pudo demostrar en el juicio que las siniestras decisiones fueran contrarias al artículo 107, apartado 1, de la Ley de Ayudas Estatales, uno de los principales abogados del tribunal ya indicó el pasado mes de noviembre que por errores de procedimiento, esta sentencia recomendará a la junta su destrucción.
La actual decisión del TJUE es una clara victoria para la Comisión Europea, pero también es una enorme bofetada tanto para Apple como para el estado miembro de la UE, Irlanda, que atrae a gigantes tecnológicos con beneficios fiscales similares. No hay lugar a nuevas apelaciones en el caso, por lo que el procedimiento legal puede considerarse cerrado.

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