Ya están abiertas las solicitudes para la rehabilitación de 12.500 viviendas embargadas en
Hoy comienza la presentación de solicitudes para ser incluidas en el programa “Reforma – Alquila”, financiado por el Ministerio de Cohesión Social y Familia con un importe de 50.000.000 de euros y se refiere a reformas y reparaciones, en aproximadamente 12.500 viviendas vacías con el objetivo de poniéndolos a disposición para arrendamientos a largo plazo.
El importe máximo de la subvención ascenderá a 4.000 euros con posibilidad de anticipo del 50% y por primera vez los costes subvencionados se refieren a reparaciones funcionales y obras de renovación.
Una vez finalizada la renovación, la propiedad deberá arrendarse durante al menos tres años a un particular. El programa se ejecutará con la asistencia y supervisión del Servicio Público de Empleo (DYPA).
La ministra de Cohesión Social y Familia, Sofia Zaharaki, afirmó al respecto:
“Viviendas de calidad pero asequibles es lo que buscan miles de jóvenes, parejas y familias. Una de las principales razones del aumento de los alquileres es el hecho de que decenas de miles de casas y apartamentos permanecen cerrados porque son viejos y sus propietarios no tienen la capacidad de hacerlos funcionales. Venimos a subvencionar estas renovaciones y a añadir una “arma” más a nuestra política de vivienda y a la batalla por bajar los precios de los alquileres”.
“El relanzamiento de la política de vivienda continúa –después del exitoso programa hipotecario ‘Mi Casa’- con nuevas acciones encaminadas a aumentar la disponibilidad de inmuebles en alquiler. DYPA continúa invirtiendo en políticas para abordar el problema de la vivienda, tomando iniciativas, activando nuevas herramientas, estableciendo asociaciones y utilizando los recursos disponibles”, dijo el gobernador de DYPA, Spyros Protopsaltis.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Podrán ser incluidas en el programa las personas naturales, propietarios o beneficiarios de inmuebles con uso residencial, de un (1) inmueble con uso residencial, siempre que cumplan con las siguientes cinco (5) condiciones:
a) Los Beneficiarios tengan la plena propiedad o usufructo del inmueble en un porcentaje igual o superior al 50%.
b) La propiedad (departamento o casa unifamiliar) tiene una superficie de áreas principales de hasta 100 m2. y está ubicado en una zona residencial (es decir, dentro de un plan urbano general o dentro de un plan paisajístico aprobado o dentro de los límites del asentamiento o dentro de una zona de asentamiento donde existen condiciones especiales de construcción).
c) Los Beneficiarios tengan una renta familiar anual imponible, real o presunta, que no exceda de 40.000 € y dispongan de bienes inmuebles cuyo valor total no supere la cantidad de 300.000 €. Se entiende por renta familiar anual el total anual imponible, real o presunto, así como las rentas exentas o gravadas en forma especial de los cónyuges o convivientes y de los hijos protegidos.
d) El inmueble no ha sido declarado como primera residencia, no ha sido declarado arrendado y se declara vacío en el modelo E2 que acompaña a la declaración del Impuesto sobre la Renta de los 3 últimos años.
e) Los beneficiarios no han recibido subvención para un programa de ahorro o renovación de energía en su inmueble en los últimos 5 años y no se han adherido a programas subsidiados de ahorro de energía para ninguno de sus inmuebles, es decir, desde el 1.1.2019 en adelante.
Costos elegibles de obra, materiales, permisos.
Como gastos orientativos podrán incluirse los trabajos de renovación de baños, cocinas, sustitución de puertas de entrada y puertas interiores, sustitución de suelos, sustitución o reparación de instalaciones eléctricas y sanitarias, elementos estructurales, revestimientos, azulejos, coloraciones y otros trabajos similares. También se proporcionan los costos de compra de los materiales necesarios, los costos de las contribuciones de seguro IKA requeridas para las obras y los costos de ingeniería para cualquier emisión de permisos, aprobaciones o preparación de estudios.
El proceso de solicitud
Los beneficiarios podrán presentar su solicitud a través de la plataforma del Programa en el Portal Digital /ipiresies/periousia-kai-phorologia/epidoteseis-politon/anakainizo-noikiazo .
La mayoría de los campos de aplicación se completan previamente mediante interoperabilidad desde las bases de datos electrónicas de los organismos del sector público. El beneficiario selecciona o completa todos los campos en blanco restantes.
En la plataforma, los beneficiarios siguen los siguientes pasos:
Rellenan sus contraseñas personales en Taxisnet
Eligen entre las propiedades expuestas la que desean renovar y luego alquilar.
Si para la misma propiedad seleccionada, hay otros propietarios/beneficiarios, complete los otros Números de Identificación de Propiedad (ATAK) relevantes.
Completan la solicitud, de acuerdo con las instrucciones de la Plataforma, y completan el envío de la Solicitud presentando las Declaraciones Responsables y Autorizaciones necesarias proporcionadas por la FSA correspondiente para su participación en el Programa.
Los datos que el beneficiario está obligado a conocer y presentar al presentar la Solicitud son orientativos:
• El/los ATAK/es del inmueble cuya inclusión se solicita
• el importe presupuestado del gasto total de renovación sin más documentos justificativos
• información de contacto (dirección de correo electrónico y número de teléfono móvil)
• un número de cuenta de pago activa (IBAN) de un proveedor de servicios de pago (P.Y.P.) que opera en Grecia, del cual es beneficiario o cobeneficiario.
A través de la plataforma, los beneficiarios tendrán la oportunidad de monitorear el progreso de su solicitud y subvención.
Información útil sobre el programa
• Si algún campo obligatorio de la solicitud relacionado con la propiedad seleccionada (como el Número de Suministro Eléctrico) no está prellenado, el solicitante corrige la deficiencia ante la Autoridad competente (por ejemplo, AADE) y luego vuelve a ingresar a la aplicación especial del Programa. para presentar la Solicitud.
• Las condiciones de elegibilidad se verifican al momento de presentar la solicitud, ya sea mediante la interoperabilidad con las bases de datos electrónicas de los organismos del Sector Público o mediante la presentación ante DYPA de los comprobantes que puedan solicitarse.
• Se informa al solicitante de la aprobación de su solicitud y su inclusión en el Programa o del rechazo de su solicitud para el inmueble seleccionado, con emisión inmediata y automática de decisión de aprobación o rechazo.
• En caso de decisión negativa, el solicitante puede presentar una objeción dentro de los 10 días siguientes a las instrucciones de la Plataforma.
• Si no se muestra una decisión de aprobación ni de rechazo, la solicitud está siendo procesada por la Dirección DYPA correspondiente, en cuyo caso el solicitante recibirá un mensaje de correo electrónico personalizado.
• El anticipo se paga directamente a la cuenta del beneficiario y desde la fecha de pago del anticipo, el beneficiario puede proceder con los costos de renovación o reparación.
• Los gastos deberán pagarse exclusiva y únicamente electrónicamente, con una o más tarjetas de débito, crédito y/o prepago, emitidas o por emitir en la A.F.M. del beneficiario del P.Y.P., donde el beneficiario mantiene el IVAN, que declaró en su solicitud.
• Se prevén sanciones para los casos en que el beneficiario no cumpla con las normas del Programa o no proporcione los documentos de respaldo requeridos. Las sanciones incluyen la revocación y devolución de parte o la totalidad del subsidio y/o pago anticipado y baja del Programa.
Puedes encontrar información sobre todas las actuaciones del Ministerio de Cohesión Social y Familia en la página web https://minscfa.gov.gr/ y DYPA en el sitio web www.dypa.gov.gr .
30 PREGUNTAS – RESPUESTAS PARA EL PROGRAMA “RENOVAR – ALQUILAR”
Jueves 11 de abril de 2024 14:19
ha sido leído 60 veces