La Audiencia de Valencia absuelve a los raperos El Jincho y Osiris El Enemy. El tribunal señala dudas razonables y contradicciones en la denuncia. La sentencia aún puede ser recurrida.
La Audiencia Provincial de Valencia ha decidido absolver a los raperos David Calvo Villa, conocido como El Jincho, y Osiris El Enemy, tras analizar el caso en el que ambos estaban acusados de violar a una joven de 17 años con discapacidad después de un concierto en Mislata en 2023. El tribunal ha considerado que existen dudas razonables sobre la versión de los hechos presentada por la denunciante, lo que ha llevado a la exoneración de los dos artistas.
Según la resolución judicial, las declaraciones de la víctima presentaron contradicciones relevantes, especialmente en lo referente al lugar donde supuestamente ocurrieron los hechos. Mientras que en su primera declaración ante la Policía la joven situó la agresión en una habitación, ante los forenses cambió la ubicación a dos habitaciones diferentes en distintos pisos del hotel donde se alojaban los músicos. Esta falta de coherencia ha sido clave para el tribunal a la hora de valorar la credibilidad del relato.
El testimonio de la amiga de la denunciante, que también se encontraba en el hotel, resultó determinante. Durante el juicio, afirmó no haber presenciado ningún acto de violencia ni observar nada grave en la habitación. Además, el recepcionista del hotel declaró que la menor interactuó con él de manera normal y no solicitó ayuda ni mostró signos de angustia cuando le preguntó por lugares para comprar comida.
Los magistrados también han tenido en cuenta las imágenes de las cámaras de seguridad del establecimiento, en las que no se aprecian signos externos de coacción o violencia ni en la entrada ni en la salida de la joven y los acusados. Otro elemento relevante fueron los mensajes que la denunciante envió a uno de los raperos horas después de los hechos, en los que expresaba su interés por viajar a Madrid, donde residían los artistas.
El tribunal ha subrayado que no se puede demostrar que los acusados supieran que la joven era menor de edad, ya que su presencia en la zona VIP del concierto era inusual y, en principio, no estaba permitida para menores. Por todo ello, la sala ha resuelto que la duda racional sobre cómo ocurrieron los hechos debe favorecer a los acusados, dictando la absolución de ambos. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación.
Este caso se suma a otros procesos judiciales recientes en España donde la presunción de inocencia y la valoración de pruebas han sido objeto de debate público. En un contexto similar, el exsecretario del PSOE Santos Cerdán defendió la importancia de la presunción de inocencia durante investigaciones judiciales, como se recoge en una reciente publicación sobre su libro y situación procesal.
En España, la absolución por falta de pruebas o por dudas razonables es una garantía fundamental del sistema judicial. La Fiscalía había solicitado 13 años de prisión para El Jincho, pero la falta de pruebas concluyentes y las contradicciones en el relato de la denunciante han sido determinantes. El caso pone de relieve la complejidad de los procedimientos en delitos sexuales y la importancia de la valoración detallada de todos los elementos probatorios. La Audiencia de Valencia ha reiterado que la sentencia puede ser recurrida ante instancias superiores, manteniendo abierto el proceso judicial.