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El Tribunal anula la jubilación tras detectar un contrato simulado

El Tribunal anula la jubilación tras detectar un contrato simulado © espanol.news
El Tribunal anula la jubilación tras detectar un contrato simulado © espanol.news
Un vecino de Rianxo pierde tres meses cotizados tras intentar acceder a la pensión con un contrato en la empresa de su esposa. El TSXG confirma la anulación y limita las costas a 1.500 euros. El caso revela los riesgos de forzar la normativa laboral.

El intento de un vecino de Rianxo por acceder a la jubilación se frustró cuando la justicia gallega determinó que los tres meses cotizados en la empresa de su esposa no correspondían a una relación laboral auténtica. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratificó la anulación de ese periodo, que resultaba esencial para que el trabajador pudiera solicitar la pensión nacional en 2024.

La estrategia fue calculada: el hombre figuró como oficial de primera de fabricación desde el 28 de febrero hasta el 31 de mayo de 2024, justo el tiempo necesario para cumplir los requisitos exigidos por la Seguridad Social. Sin esos meses, su trayectoria profesional, repartida entre España y Suiza, no alcanzaba el mínimo necesario para acceder a la pensión en los términos pretendidos.

El TSXG también impuso las costas judiciales a la parte recurrente, con un límite máximo de 1.500 euros, reforzando la seriedad con la que se persiguen los contratos simulados en el acceso a la jubilación.

Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

La Inspección de Trabajo detectó rápidamente las irregularidades. El vínculo familiar era evidente: la administradora única y socia mayoritaria de la empresa era la esposa del trabajador, y en la plantilla constaban también los tres hijos del matrimonio y una nuera. La contratación fue breve y concluyó exactamente al iniciarse la jubilación. Para los inspectores, el alta no respondía a una necesidad real de la empresa, sino a la intención de facilitar el acceso a la pensión.

El Servicio de Prevención y Lucha contra el Fraude de la Tesorería General de la Seguridad Social anuló el periodo investigado, lo que llevó a la empresa a recurrir la decisión. Alegaron que la Inspección de A Coruña carecía de competencia y que debía intervenir el Instituto Social de la Marina, pero el tribunal gallego rechazó ambos argumentos. El domicilio laboral seguía siendo Rianxo y el alta correspondía al Régimen General, no al régimen especial del mar.

El TSXG consideró probada la simulación contractual, señalando que el parentesco no convierte automáticamente cualquier relación laboral en fraude, pero en este caso se ocultó el vínculo familiar y no se acreditó la existencia de una actividad real. La ley establece que los familiares convivientes y a cargo no se consideran trabajadores por cuenta ajena salvo prueba en contrario, y en sociedades familiares existen reglas específicas para determinar el régimen de cotización.

En la legislación española, la validez de los periodos de cotización para la pensión depende de la existencia de una relación laboral real y efectiva, no solo de la formalización de un contrato. Los tribunales suelen aplicar el artículo 213 de la LGSS para evitar incompatibilidades y fraudes en el acceso a la jubilación.

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y MigracionesAdministración pública

La sentencia desestima el recurso de la empresa y mantiene la anulación de los tres meses de alta. Además, impone las costas judiciales a la parte recurrente, con un límite de 1.500 euros. Esta cantidad cubre los gastos del procedimiento y no constituye una sanción por el contrato simulado. El fallo no implica la pérdida total de la pensión ni una orden de devolución de prestaciones, ya que la resolución afecta únicamente a la validez de ese periodo concreto dentro del Régimen General.

Trabajar para un familiar no está prohibido, pero la ley exige que la relación laboral sea real y que se cumplan los requisitos de cotización según el régimen correspondiente. En este caso, la ausencia de pruebas sobre la actividad efectiva y la coincidencia temporal con la jubilación llevaron a la justicia a considerar el contrato como simulado.

El caso evidencia la vigilancia de la Seguridad Social ante intentos de forzar la normativa para acceder a prestaciones. La resolución del TSXG marca un precedente: los vínculos familiares no eximen de la obligación de demostrar una relación laboral auténtica y continuada. Para quienes buscan la jubilación, recurrir a contratos simulados no solo resulta ineficaz, sino que puede acarrear consecuencias económicas y legales que superan cualquier beneficio inmediato.

La necesidad de acreditar la realidad de la relación laboral y la cotización efectiva ha sido reiterada por organismos oficiales como el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que recuerda que la simulación de contratos puede derivar en la anulación de periodos cotizados y la pérdida de derechos asociados.

Laura Castillo Español.News
Redacción de España

Laura Castillo

Laura Castillo es periodista especializada en turismo, cultura e historia de España. Ha colaborado con Descubre Castilla, Rutas con Alma y Vida Local, escribiendo sobre tradiciones, fiestas regionales y rutas de viaje