• 3 min de lectura
  • por

En el País Vasco reconocen la incapacidad permanente total de un ex trabajador de almacén

Laura Castillo Español.News

Publicado por Laura Castillo

En el País Vasco reconocen la incapacidad permanente total de un ex trabajador de almacén Español.News
En el País Vasco reconocen la incapacidad permanente total de un ex trabajador de almacén

El tribunal obliga al INSS a conceder una pensión vitalicia tras un cáncer: las secuelas fueron determinantes. Un ex empleado de almacén logró mediante una demanda judicial el derecho a una pensión vitalicia después de superar un grave cáncer de esófago. Aunque la enfermedad ya no estaba activa, sus limitaciones físicas le impedían volver al trabajo. La decisión judicial marca un importante precedente para casos similares.

En el País Vasco, un ex trabajador de almacén logró mediante una demanda judicial el reconocimiento de incapacidad permanente absoluta y el derecho a una pensión vitalicia tras sufrir una grave enfermedad oncológica. Según la sentencia publicada el 26 de mayo de 2026, el factor clave no fueron los signos de cáncer activo, sino las graves secuelas que imposibilitaron cualquier actividad laboral.

El hombre trabajó como especialista de almacén desde 2021 hasta 2023, ocupándose de la descarga de furgonetas, clasificación de paquetes y entrega de mercancía. En noviembre de 2023 le diagnosticaron adenocarcinoma de esófago, tras lo cual fue sometido a quimioterapia y radioterapia. En la primavera de 2024 el paciente se sometió a una operación compleja para extirpar parte del esófago y reconstruir el tracto digestivo. A pesar de que al momento de examinar el caso ya no estaba en tratamiento activo, las secuelas de la enfermedad resultaron ser críticas.

Negativa del INSS y argumentos del tribunal

El INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) denegó el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta alegando que el tratamiento principal había finalizado y no existía una fase activa del cáncer. Sin embargo, el juzgado de primera instancia de San Sebastián no compartió ese criterio, y la instancia de apelación — el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco — confirmó la decisión a favor del demandante.

Los jueces subrayaron que, para reconocer la incapacidad permanente total, no solo importa la presencia o ausencia de un tumor activo, sino también en qué medida las secuelas de la enfermedad impiden realizar cualquier tipo de trabajo, incluso tareas sencillas o sedentarias. En este caso, el hombre sufría de disnea incluso con esfuerzos mínimos, dolor al comer, además de problemas crónicos en la columna vertebral y trastornos en la función tiroidea después de la quimioterapia.

Pensión y significado de la decisión

Según la sentencia judicial, el extrabajador de almacén tiene derecho a una pensión vitalicia de 1.322,81 euros mensuales (con 14 pagas al año), a partir de finales de mayo de 2025. El tribunal rechazó la apelación del INSS, señalando que las secuelas del cáncer pueden ser motivo suficiente para reconocer la incapacidad total, incluso si el propio cáncer no está en fase activa.

Como destaca Talent24h, este caso pone de relieve que, al evaluar la capacidad laboral tras enfermedades graves, el factor decisivo no es el diagnóstico, sino el impacto real de las secuelas en la posibilidad de trabajar. Para muchos pacientes oncológicos, esta resolución puede servir de referencia importante a la hora de solicitar apoyo social.

Artículos relacionados