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Errores de videovigilancia en el hogar que pueden acarrear fuertes sanciones

Laura Castillo Español.News

Publicado por Laura Castillo

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Errores de videovigilancia en el hogar que pueden acarrear fuertes sanciones

Multa de hasta 50.000 euros: cómo las cámaras en el portal pueden convertirse en un problema. Instalar cámaras en un edificio residencial sin cumplir con la normativa puede salir por decenas de miles de euros. Las infracciones son detectadas por la AEPD: desde la falta de señales informativas hasta la grabación de la vía pública o la cesión de imágenes. Analizamos por qué se imponen realmente las sanciones y cómo evitar la multa.

En los edificios residenciales de España, las cámaras de videovigilancia se están convirtiendo cada vez más en una parte habitual de la vida cotidiana. Sin embargo, el intento de reforzar la seguridad puede resultar en graves pérdidas económicas para los vecinos. Como señala Talent24h, por infringir las normas de tratamiento de datos de vídeo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impone sanciones de hasta 50.000 euros.

La principal razón de las sanciones es el incumplimiento de los requisitos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La ley regula estrictamente dónde y cómo se puede realizar videovigilancia. Antes de instalar cámaras, la decisión debe ser aprobada en la junta de propietarios y registrada en acta. El sistema solo puede cubrir las zonas comunes del edificio y un área mínima en el acceso. Filmar pisos ajenos, zonas vecinas o una franja amplia de la calle está prohibido.

Errores comunes y cuantía de las sanciones

La infracción más frecuente es la ausencia o incorrecta señalización informativa. Por ley, en cada acceso debe haber información clara sobre quién es el responsable del tratamiento de los datos, con qué finalidad se realiza la grabación, cómo contactar con el responsable y qué derechos tienen los residentes. La falta de cartel informativo se sanciona con una multa de entre 1.000 y 6.000 euros.

Si la cámara capta parte de la vía pública, la sanción puede ser de 600 a 3.000 euros. Por grabación no autorizada de zonas comunes por parte de un residente, 600 euros. Los casos especialmente graves, como la instalación de 47 cámaras con reconocimiento facial en una vivienda sin la obligatoria evaluación de impacto de riesgos (EIPD), conllevan la multa máxima — 50.000 euros.

Otro error común es compartir las grabaciones de vídeo con terceros o publicarlas en aplicaciones de mensajería. En 2025, la AEPD sancionó a una de estas iniciativas con 20 000 euros (posteriormente reducidos a 12 000 euros) por difundir grabaciones a través de WhatsApp.

Qué exige la ley

El RGPD exige minimizar la recogida de datos: las cámaras deben captar únicamente lo estrictamente necesario para la seguridad. Todas las grabaciones deben conservarse como máximo 30 días, salvo que existan razones jurídicas fundadas para un plazo superior.

Antes de poner en marcha el sistema, es necesario elaborar el registro de actividades de tratamiento (RAT), limitar el acceso a las grabaciones solo al presidente o al administrador, y realizar una revisión anual del correcto funcionamiento de las cámaras y la documentación. Cualquier modificación es motivo para una nueva revisión.

Cómo evitar problemas

Los expertos aconsejan planificar previamente la ubicación de las cámaras, no escatimar en asesoramiento jurídico y no descuidar las formalidades. Incluso si el sistema parece sencillo, incumplir aunque sea una sola exigencia puede suponer gastos importantes para toda la comunidad.

En los últimos años, la AEPD ha endurecido el control sobre la videovigilancia en edificios residenciales. La práctica demuestra que las sanciones se imponen no solo por infracciones intencionadas, sino también por errores formales. Por ello, antes de instalar cámaras es fundamental no solo debatirlo con los vecinos, sino también analizar detenidamente todas las implicaciones legales.

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