La Audiencia Provincial de Madrid analiza si Begoña Gómez, esposa del presidente, debe ser juzgada por un jurado popular. El caso implica acusaciones de corrupción y tráfico de influencias. La decisión marcará el rumbo del proceso.
La Audiencia Provincial de Madrid afronta desde este lunes una decisión clave: determinar si Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, será finalmente juzgada por un jurado popular. El tribunal, compuesto por cinco magistrados y presidido por Rosario Martínez Meilán, debe pronunciarse sobre el auto del juez Juan Carlos Peinado, que propuso llevar a juicio a Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés por delitos de corrupción y tráfico de influencias.
La deliberación, que se realiza en sala reforzada, no tendrá un desenlace inmediato. Los magistrados deben redactar una resolución motivada, lo que podría alargar el proceso varios días, especialmente por la complejidad y relevancia de los asuntos en juego. Además de la posible celebración del juicio con jurado, la sala examina recursos sobre el archivo del delito de intrusismo y la posible escisión de la acusación popular liderada por Hazte Oír.
El caso, abierto en abril de 2024, gira en torno al papel de Begoña Gómez como codirectora de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid, la gestión de un software vinculado a la misma y la supuesta influencia ejercida en contratos públicos a favor de Barrabés. También se investiga el trabajo de su asesora, financiado con fondos públicos. El juez Peinado ya archivó la acusación de intrusismo profesional, pero mantiene los cargos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida.
La Fiscalía ha solicitado en varias ocasiones el archivo de la causa, defendiendo que ni Gómez ni los otros dos investigados cometieron delito alguno. Además, rechaza que el caso deba juzgarse por jurado, cuestionando la “conexividad” entre los delitos alegada por el magistrado. Las defensas de Gómez y Álvarez insisten en que las imputaciones carecen de base y que la causa se mantiene solo por la condición de Gómez como cónyuge del presidente. Barrabés, por su parte, niega cualquier evidencia en su contra.
La Audiencia de Madrid ya ha corregido decisiones previas del juez instructor, como la investigación separada por malversación y la transformación inicial del procedimiento en juicio con jurado, anulada por falta de motivación. El nuevo auto de abril, que cerró la instrucción y confirmó el juicio con jurado, fue recurrido por las defensas y la Fiscalía, lo que ha llevado el asunto a la sala actual.
El pasado 20 de junio, el juez dictó la apertura de juicio oral y estableció medidas cautelares para Gómez y Álvarez: retirada de pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales en el juzgado. La sección 23 de la Audiencia decidirá más adelante sobre otros recursos, incluido el procesamiento de los investigados.
Este proceso se produce en un contexto de creciente atención pública a los procedimientos judiciales que afectan a figuras políticas y sus entornos. En los últimos años, la justicia española ha tenido que pronunciarse sobre casos de gran repercusión, como la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la amnistía catalana, que también puso en el foco la relación entre política y tribunales, como se analizó en el debate sobre la amnistía y el futuro judicial de Puigdemont.
En España, los juicios con jurado popular están reservados para delitos graves y no son habituales en casos de corrupción política. La decisión de la Audiencia Provincial de Madrid marcará un precedente sobre la aplicación de este procedimiento en causas que involucran a altos cargos o sus familiares. El resultado puede influir en la percepción pública sobre la imparcialidad y transparencia de la justicia en asuntos de relevancia nacional. Además, el caso subraya la importancia de los controles judiciales sobre las decisiones de los instructores y la necesidad de motivar adecuadamente los autos en procesos sensibles.