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Tres mossos procesados por facilitar la huida de Puigdemont en Barcelona

Ricardo Rubio Español.News

Publicado por Ricardo Rubio

Tres mossos procesados por facilitar la huida de Puigdemont en Barcelona Español.News
Tres mossos procesados por facilitar la huida de Puigdemont en Barcelona

La Audiencia de Barcelona ordena procesar a tres agentes de los Mossos d’Esquadra por su papel en la salida de Carles Puigdemont en 2024. El tribunal ve indicios de colaboración para evitar su detención.

La Audiencia de Barcelona ha dado un giro relevante en la investigación sobre la fuga de Carles Puigdemont tras su visita a la ciudad en agosto de 2024. Tres agentes de los Mossos d’Esquadra han sido procesados por su presunta implicación en la huida del expresidente catalán, después de que el tribunal revocara el archivo inicial de la causa y ordenara su reapertura el pasado 7 de julio. La decisión judicial se apoya en la existencia de indicios sólidos de colaboración entre los policías para evitar la detención de Puigdemont, quien tenía una orden de arresto vigente dictada por el Tribunal Supremo.

Según el auto, la titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona ha remitido el caso al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas, concediendo un plazo de diez días para presentar sus escritos de acusación. La magistrada sostiene que los tres mossos actuaron de forma coordinada, asignándose tareas complementarias con el objetivo de facilitar la salida de Puigdemont y eludir la acción policial. Los informes de la División de Asuntos Internos de los Mossos han sido clave en la investigación, aportando imágenes y vídeos en los que se observa a los agentes rodeando a Puigdemont a escasa distancia y, en algunos momentos, sujetándole del brazo para abrirle paso entre la multitud. Esta disposición, calificada por el propio cuerpo como "encapsulamiento, propia del servicio de protección de personalidades", refuerza la tesis de una actuación concertada.

La reapertura de la causa se produjo tras los recursos presentados por las acusaciones populares, Hazte Oír y Vox, que lograron que la Sección Séptima de la Audiencia revocara el sobreseimiento provisional dictado por la jueza instructora. El tribunal considera que los hechos podrían encajar en el artículo 408 del Código Penal, que sanciona con inhabilitación especial de seis meses a dos años a los funcionarios que, de forma intencionada, dejen de perseguir delitos. La presencia de los tres agentes en el lugar y momento de los hechos, según la Audiencia, no fue casual, sino que responde a una estrategia para impedir la detención del expresidente.

Este caso se suma a otros recientes en los que la actuación de altos cargos y funcionarios públicos ha sido objeto de escrutinio judicial, como ocurrió con el hallazgo de joyas en la oficina de un expresidente, tema que generó debate sobre la ética y la responsabilidad penal de los responsables políticos, tal como se analizó en un reportaje anterior sobre la presión judicial a figuras públicas.

La investigación sobre la fuga de Carles Puigdemont y la implicación de los Mossos d’Esquadra pone de relieve la complejidad de los procedimientos judiciales en casos de alta sensibilidad política. El artículo 408 del Código Penal, aplicado en este proceso, está diseñado para sancionar la omisión deliberada de deberes por parte de funcionarios públicos. La figura de Puigdemont sigue siendo central en el debate sobre la independencia catalana y la respuesta del Estado. La reapertura de la causa y el procesamiento de los agentes pueden tener repercusiones en la percepción pública sobre la neutralidad de los cuerpos policiales y la aplicación de la ley en situaciones de tensión política. El caso avanza ahora hacia la fase de acusación formal, a la espera de que el Ministerio Fiscal y las partes personadas concreten sus posiciones en los próximos días.

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