Una madre divorciada de Vigo recupera 2.520 euros del Ingreso Mínimo Vital tras demostrar que no actuó de mala fe. El tribunal destaca que la ayuda cubre necesidades básicas y que la beneficiaria no ocultó información.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ordenado que una madre divorciada de Vigo, con un hijo a su cargo, recupere los 2.520 euros del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que la Seguridad Social le había reclamado. La decisión, fechada el 16 de julio de 2026, revoca la sentencia previa del Juzgado de lo Social número 4 de Vigo, que había dado la razón a la administración.
La controversia surgió cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social detectó que la beneficiaria había superado el umbral de ingresos para acceder al IMV en 1.400 euros anuales durante los años 2020 y 2021. En total, la mujer percibió la prestación durante 16 meses, con unos ingresos anuales de 11.144 euros, de los cuales 3.600 correspondían a la pensión de alimentos para su hijo. El límite fijado por la Seguridad Social era de 8.705 euros.
El IMV le fue concedido de forma automática, sin que la mujer lo solicitara ni ocultara información relevante. Sin embargo, tras la revisión de sus ingresos, la administración le exigió la devolución de las cantidades cobradas, al considerar que no cumplía los requisitos económicos.
El papel de la buena fe
La clave del caso ha estado en la ausencia de mala fe por parte de la beneficiaria. El tribunal gallego subraya que la mujer no falseó datos ni realizó ninguna gestión para obtener la ayuda de manera indebida. Además, la resolución aplica la doctrina Cakarevic, que establece que no debe exigirse la devolución de prestaciones cuando el beneficiario no ha contribuido activamente al error y la ayuda está destinada a cubrir necesidades básicas.
La Sala de lo Social destaca que el IMV tiene un carácter de subsistencia, lo que refuerza la protección de quienes lo reciben de buena fe. En este caso, la prestación fue reconocida de oficio y la afectada no incurrió en ocultaciones ni solicitudes fraudulentas.
Un caso concreto, no una norma general
La sentencia deja claro que la decisión se limita a las circunstancias particulares de esta madre de Vigo y no implica que cualquier cobro indebido del IMV quede automáticamente exento de devolución. El elemento diferencial es la ausencia de dolo, la concesión automática y la finalidad social de la ayuda.
El debate sobre la devolución de prestaciones sociales no es nuevo. En otros ámbitos, como el subsidio de desempleo, también se han producido reclamaciones por parte de la administración, como se analiza en este artículo sobre los cambios en la cotización del SEPE para mayores de 52 años.
Contexto y repercusión
El Ingreso Mínimo Vital fue creado para garantizar un nivel básico de ingresos a los hogares más vulnerables. Su gestión automática y la complejidad de los requisitos han generado situaciones como la de esta madre, en la que la interpretación de la buena fe y la finalidad de la ayuda resultan determinantes. La sentencia del TSXG refuerza la idea de que la protección social debe primar cuando no hay fraude ni ocultación, aunque el control de los requisitos siga siendo estricto.
Este caso pone de relieve la importancia de la transparencia y la correcta información en la gestión de las ayudas sociales, así como la necesidad de que la administración valore las circunstancias individuales antes de exigir devoluciones que pueden afectar a familias en situación de vulnerabilidad.