El alcalde de Móstoles, Manuel Bautista, pide archivar la causa por acoso sexual y laboral tras la denuncia de una exedil del PP. La defensa alega falta de pruebas y conflictos internos como origen de la querella.
El alcalde de Móstoles, Manuel Bautista (PP), ha presentado un recurso ante el juzgado para que se archive la investigación abierta por presunto acoso sexual y laboral a una exconcejala de su propio partido. La defensa del regidor sostiene que la querella, admitida a trámite en abril, carece de base penal y responde a disputas internas y personales dentro del grupo municipal.
La denuncia, interpuesta en febrero por la exedil y firmada por el abogado Antonio Suárez-Valdés, incluye acusaciones de acoso sexual, acoso laboral, lesiones, coacciones, delito contra la integridad moral y revelación de secretos. Según el relato de la denunciante, los hechos comenzaron con supuestas proposiciones sexuales explícitas y no deseadas por parte de Bautista, seguidas de la difusión de rumores sobre una relación afectiva entre ambos, lo que habría generado un ambiente hostil que la llevó a dejar su acta y abandonar el partido tras catorce años de militancia.
El recurso presentado por el letrado José Javier Vasallo, que representa a Bautista, insiste en que no existen indicios racionales de delito y que la querella no describe hechos concretos que puedan ser considerados acoso sexual o laboral. Además, la defensa argumenta que la exconcejala atribuye su malestar a una serie de factores políticos y organizativos, como el aislamiento dentro del grupo, la pérdida de confianza y disputas internas, más que a solicitudes sexuales específicas.
En el escrito, la defensa también solicita la suspensión de la declaración de la exedil prevista para el 29 de junio y del reconocimiento médico-forense programado, hasta que se resuelva el recurso. Bautista niega cualquier irregularidad y rechaza tanto las acusaciones de acoso sexual como las de acoso laboral, subrayando que los hechos denunciados habrían prescrito según el Estatuto de los Trabajadores, ya que se sitúan en marzo de 2023 y la denuncia se presentó casi un año después.
La exconcejala, por su parte, sostiene que cuenta con pruebas suficientes para acreditar tanto la supuesta solicitud de favores sexuales como un patrón de hostigamiento y abuso de poder destinado a aislarla profesionalmente. Detalla que sufrió cambios de instrucciones, ocultación de información y sabotaje de proyectos, además de la difusión de rumores y ataques personales.
El recurso de Bautista también rechaza la posible responsabilidad penal del PP como persona jurídica, alegando que el delito de acoso laboral no está contemplado entre los que pueden imputarse a partidos políticos. La defensa subraya que la formación no tenía obligación legal de establecer un protocolo específico y que no se puede extender la responsabilidad a sus dirigentes por omisión de actuación.
En cuanto a las acusaciones de lesiones, coacciones y revelación de secretos, la defensa del alcalde argumenta que la querella no describe agresiones físicas, amenazas ni la difusión concreta de información confidencial. Considera que las expresiones de malestar emocional de la exedil no constituyen lesiones en sentido penal y que no existe diagnóstico ni tratamiento médico que lo respalde.
La exconcejala también denunció presiones internas en el PP de Madrid para que no presentara la denuncia, señalando a la vicesecretaria de Organización, Ana Millán, por advertirle sobre supuestas represalias y acusaciones falsas de filtrar información al PSOE. Según la querella, el partido no le ofreció apoyo ni medidas preventivas ante la situación.
Por último, la defensa de Bautista cuestiona la validez formal de la querella, alegando que fue presentada sin el poder especial necesario y que este documento solo se aportó dos meses después, lo que, a su juicio, debería invalidar la apertura de diligencias.
Este caso se suma a otros procedimientos judiciales recientes que afectan a figuras políticas del PP, como la investigación sobre José Luis Rodríguez Zapatero, donde el juez decidió mantener la imputación pero sin imponer medidas cautelares, según se recoge en una publicación anterior. La situación en Móstoles pone de nuevo el foco en la gestión interna de los partidos y en la respuesta institucional ante denuncias de acoso en el ámbito político.
En España, los delitos de acoso sexual y laboral están regulados por el Código Penal y la Ley de Igualdad, que establecen procedimientos específicos para la protección de las víctimas. Los partidos políticos, aunque no siempre están obligados a contar con protocolos internos, suelen enfrentarse a presión pública y mediática cuando surgen casos de este tipo. El desarrollo de este proceso judicial será clave para determinar posibles responsabilidades y el alcance de las medidas que puedan adoptarse en el futuro dentro de las formaciones políticas.