El Consejo General del Poder Judicial debate si abrir expediente al juez Peinado. El magistrado insinuó que escoltas policiales podrían facilitar la huida de Begoña Gómez. La presidenta del CGPJ propone actuar de inmediato.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se enfrenta a una de sus decisiones más delicadas de los últimos años tras la propuesta de su presidenta, Isabel Perelló, de abrir un expediente disciplinario al juez Juan Carlos Peinado. El motivo: las afirmaciones del magistrado en el auto que comunicó la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, donde sugirió que los policías encargados de su escolta podrían colaborar en una posible fuga de la investigada fuera de España.
La propuesta de Perelló, dirigida a la comisión permanente del CGPJ, plantea que se ordene al Promotor de la Acción Disciplinaria iniciar un expediente para determinar si las expresiones del juez Peinado constituyen una infracción grave según el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este artículo sanciona el exceso o abuso de autoridad y la falta grave de consideración hacia cualquier persona que intervenga en un procedimiento judicial, incluidos miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Según fuentes del CGPJ, la presidenta había convocado una reunión telemática para el domingo a las 10:00, pero finalmente se decidió posponerla al lunes por la mañana y celebrarla de forma presencial. Sin embargo, tras las protestas de varios vocales que consideran urgente un pronunciamiento, la fecha definitiva aún no está cerrada. El debate interno refleja la tensión que ha generado el caso y la preocupación por el impacto de las declaraciones del magistrado en la imagen de la judicatura y de los cuerpos policiales.
El auto de Peinado, fechado el 20 de junio de 2026, no solo ordenó la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, sino que también impuso medidas cautelares: retirada de pasaporte, prohibición de salir de España y obligación de comparecer cada 14 días en el juzgado. Estas restricciones ya habían sido objeto de atención mediática, como se detalla en el análisis sobre las medidas impuestas a la esposa del presidente en un reciente reportaje sobre el proceso judicial.
El texto de la propuesta que se someterá al pleno del CGPJ cita expresamente el artículo 608.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que habilita al Consejo para ordenar la apertura de expedientes disciplinarios cuando existan indicios de infracción. La referencia a la posible colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en una fuga ha sido interpretada como una acusación grave que podría afectar la confianza en las instituciones.
En el contexto judicial español, la apertura de expedientes disciplinarios a jueces por el contenido de sus resoluciones es poco frecuente y suele reservarse para casos en los que se aprecia un claro exceso en el ejercicio de la función jurisdiccional. El caso de Begoña Gómez ha generado una atención inusual tanto por la relevancia de los implicados como por la naturaleza de las medidas adoptadas y las declaraciones del magistrado. El CGPJ deberá decidir en las próximas horas si da el paso de investigar formalmente la actuación de Peinado, lo que podría marcar un precedente en la relación entre la judicatura y los cuerpos policiales.
Como contexto, el CGPJ es el órgano de gobierno de los jueces en España y tiene la potestad de supervisar la actuación disciplinaria de los magistrados. Las decisiones sobre expedientes disciplinarios pueden tener consecuencias importantes para la carrera judicial y la percepción pública de la independencia y responsabilidad de los jueces. El caso sigue abierto y se espera que la resolución del Consejo siente posición sobre los límites de las manifestaciones judiciales en autos de especial sensibilidad política y mediática.