El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) implementará un cambio clave en la gestión de las bajas médicas en Canarias a partir del 1 de septiembre. Desde esa fecha, todas las notificaciones y comunicaciones relacionadas con la incapacidad temporal, así como con la incapacidad permanente y las lesiones permanentes no incapacitantes, se realizarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). La medida, recogida en la Orden ISM/541/2026, supone que los beneficiarios y solicitantes de estas prestaciones deberán consultar sus avisos de forma digital, dejando atrás el tradicional envío postal en la mayoría de los casos.
El procedimiento para tramitar una baja médica no se modifica: el trabajador sigue sin tener que entregar partes médicos en mano a la empresa, y el proceso inicial permanece igual. Sin embargo, el cambio afecta a todas las comunicaciones posteriores del INSS durante el proceso de incapacidad. Por ejemplo, resoluciones de alta médica, denegaciones de prestaciones o requerimientos de documentación ya no llegarán por carta, sino que estarán disponibles en la sede electrónica. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la norma entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE.
La obligación de consultar las notificaciones electrónicas afecta a todas las personas físicas que soliciten o reciban prestaciones por incapacidad temporal, así como a quienes estén vinculados a procesos de incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes. Esto implica que cualquier trabajador en baja prolongada deberá estar atento a posibles avisos digitales del INSS. En bajas de corta duración, donde no se generan actuaciones adicionales, el impacto práctico será menor.
Uno de los aspectos más relevantes del nuevo sistema es el plazo para consultar las notificaciones: estarán disponibles durante diez días naturales en la SEDESS. Si el interesado accede al contenido antes de que finalice ese periodo, la notificación se considera recibida en ese momento. Si no accede, se entiende rechazada y el procedimiento sigue su curso, lo que puede acarrear consecuencias importantes, como la pérdida de plazos para presentar alegaciones o documentación.
El INSS podrá enviar un SMS o correo electrónico informativo para avisar de la existencia de una notificación pendiente, pero estos avisos no tienen validez legal. El acceso oficial debe hacerse en la sede electrónica, identificándose mediante certificado digital o Cl@ve. Por ello, es fundamental que los datos de contacto estén actualizados, especialmente en casos de bajas prolongadas o procedimientos abiertos.
No obstante, la Seguridad Social mantendrá la posibilidad de utilizar comunicaciones en papel en situaciones excepcionales, como la ausencia de datos electrónicos del interesado o cuando sea necesario garantizar la eficacia administrativa. Además, quienes tengan dificultades con los medios digitales podrán recibir asistencia presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), donde un funcionario podrá ayudarles a acceder a sus notificaciones.
Este cambio responde a la tendencia de digitalización de la administración pública en España, que busca agilizar trámites y reducir el uso de papel. La Sede Electrónica de la Seguridad Social permite realizar gestiones las 24 horas y consultar el estado de expedientes en tiempo real. El sistema Cl@ve y el certificado digital son los métodos más habituales de acceso, y su uso se ha extendido en los últimos años. Según datos oficiales, más del 80% de los trámites con la Seguridad Social ya se realizan por vía telemática. Sin embargo, la transición puede suponer un reto para personas con menor familiaridad digital, por lo que la asistencia presencial sigue siendo clave en determinados casos.