El SEPE permitirá a quienes trabajen a tiempo parcial seguir cobrando hasta 450 euros mensuales del paro durante un máximo de 180 días. La medida afecta a quienes hayan agotado nueve meses de prestación y tengan derecho a más de 14 meses.
Un cambio relevante en la gestión del desempleo en España permitirá a miles de personas compatibilizar el cobro de la prestación contributiva con un empleo a tiempo parcial. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha puesto en marcha el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que desde enero de 2026 se reconocerá automáticamente para quienes inicien un trabajo parcial y cumplan los requisitos.
El CAE está dirigido a quienes hayan generado derecho a una prestación contributiva de al menos 14 meses (420 días) y hayan consumido los primeros nueve meses antes de comenzar el nuevo empleo. El objetivo es facilitar la reincorporación al mercado laboral sin perder el respaldo económico del paro, aunque con condiciones claras: el contrato no puede ser en una empresa donde se haya trabajado en los últimos 12 meses, y existen restricciones adicionales por parentesco y situaciones de ERTE.
Cuantías y duración
La cuantía del complemento varía según la jornada y el mes de prestación. Para quienes trabajan a tiempo parcial con una jornada igual o superior al 75%, el importe puede alcanzar los 450 euros mensuales durante los primeros meses de compatibilidad. En jornadas entre el 50% y el 75%, la cifra inicial es de 420 euros, y para jornadas inferiores al 50%, el complemento parte de 360 euros. Estas cantidades disminuyen progresivamente a medida que avanza la prestación, llegando a 150 euros mensuales en los últimos meses para jornadas parciales altas.
La duración máxima del CAE es de 180 días, pero no todos los beneficiarios podrán acceder a ese periodo completo. Si la compatibilidad se inicia en el décimo mes de prestación, el máximo será de 30 días; en el undécimo, 60 días; en el duodécimo, 90 días; y solo a partir del decimotercer mes se podrá alcanzar el límite de 180 días.
Condiciones y advertencias
Un aspecto clave es que cada día de cobro del CAE consume un día de la prestación contributiva, independientemente de la cuantía recibida. Es decir, el paro no se reserva mientras se percibe el complemento, por lo que conviene valorar si compensa mantenerlo según la duración del contrato y los días de prestación pendientes.
Quienes prefieran no consumir su prestación pueden solicitar la suspensión del CAE en los 15 días hábiles siguientes al inicio del trabajo. Si la petición se presenta fuera de ese plazo, la suspensión tendrá efecto desde la fecha de solicitud. El trámite puede realizarse por internet, teléfono o presencialmente.
Al finalizar el contrato
Cuando termina el empleo que dio origen al complemento, es obligatorio comunicar el cese al SEPE en un plazo de 15 días hábiles. Si la persona sigue en situación legal de desempleo, podrá solicitar la reanudación de la prestación pendiente. Esta opción resulta especialmente relevante en contratos temporales de menos de 360 días, donde la protección por desempleo puede ser determinante para la estabilidad económica.
Contexto y cifras
La medida se enmarca en un mercado laboral que, según la última Encuesta de Población Activa publicada por el INE, cerró el segundo trimestre de 2026 con 22.779.000 ocupados y 2.495.300 parados, lo que sitúa la tasa de desempleo en el 9,87%. El CAE busca incentivar la reincorporación al empleo sin penalizar a quienes aún no han agotado su derecho a prestación, adaptando la protección social a la realidad de los contratos parciales y la movilidad laboral.
En definitiva, el nuevo complemento del SEPE representa una herramienta adicional para quienes buscan estabilidad en un mercado laboral cambiante, aunque exige una gestión cuidadosa de los tiempos y derechos para no agotar antes de tiempo la prestación por desempleo.