Salud

El TSJ rechaza la incapacidad permanente por fibromialgia

El TSJ rechaza la incapacidad permanente por fibromialgia © espanol.news
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El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha denegado la incapacidad permanente a un trabajador con fibromialgia. El tribunal considera que puede seguir en su puesto y recurrir a bajas temporales en caso de brotes graves.

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha rechazado conceder la incapacidad permanente a un agente de viajes de 54 años diagnosticado de fibromialgia y poliartralgias. La sentencia, publicada el 7 de septiembre de 2026, confirma la negativa del INSS y aclara que la enfermedad crónica, por sí sola, no justifica una pensión vitalicia si las limitaciones no son graves y permanentes.

El caso comenzó tras una baja laboral en abril de 2024. El trabajador, que realizaba tareas administrativas y de atención al cliente, presentaba un cuadro clínico con fibromialgia, polimialgia, poliartralgias, trastorno adaptativo y signos de deshidratación discal. Sin embargo, el Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS concluyó que estas dolencias no alcanzaban el nivel requerido para la incapacidad permanente.

El tribunal recalcó que la fibromialgia, en este caso, presentaba un curso fluctuante y no se acreditó una pérdida funcional permanente que impidiera cualquier tipo de trabajo.
TSJ Islas Baleares

El trabajador recurrió primero al Juzgado de lo Social número 1 de Menorca, que también desestimó su demanda. Después acudió al TSJ, donde solicitó la incapacidad absoluta —que impediría cualquier trabajo— o, al menos, la total para su profesión habitual. Ninguna de las dos fue reconocida.

En su recurso, alegó síntomas adicionales: fatiga crónica, ardores en extremidades, temblores, sudoración nocturna, mareos posturales, cansancio matutino, problemas de memoria y concentración, y episodios de ansiedad. Argumentó que estos trastornos le impedían trabajar y afectaban su vida personal.

La valoración médica forense coincidió con el criterio del INSS: no se detectaron limitaciones objetivas en la concentración ni en la memoria. El tribunal no negó la existencia de las patologías, pero consideró que su impacto no era suficiente para impedir el trabajo administrativo fuera de los periodos de crisis.

La jurisprudencia española establece que la concesión de incapacidad permanente depende de la gravedad y estabilidad de las limitaciones funcionales, no solo del diagnóstico. El INSS y los tribunales valoran cada caso de forma individual, siguiendo criterios médicos y legales estrictos.
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El criterio del tribunal

La sentencia subraya que la fibromialgia es una enfermedad crónica de evolución fluctuante, con fases de empeoramiento y mejoría. El tribunal sostiene que el trabajador puede ejercer su actividad en los periodos de estabilidad y que, ante brotes graves, la vía adecuada es la incapacidad temporal, no la permanente.

El artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social exige reducciones graves, objetivables y previsiblemente definitivas para acceder a una pensión de incapacidad permanente. Además, la ley contempla la posibilidad de reconocimiento solo cuando la recuperación es incierta o a muy largo plazo. En este caso, el tribunal no apreció que se cumplieran estos requisitos.

Limitaciones de la protección

El fallo también aclara que la posibilidad de solicitar bajas médicas durante los brotes no implica el derecho automático a una nueva incapacidad temporal cada vez que aparezca dolor. El artículo 169 de la misma ley vincula la protección a la necesidad de asistencia sanitaria y a la imposibilidad de trabajar en ese momento concreto. Cada episodio debe ser evaluado individualmente.

Como resultado, el trabajador mantiene su empleo y solo podrá acogerse a bajas temporales cuando la enfermedad se agrave. La sentencia no es firme y admite recurso ante el Tribunal Supremo, aunque no consta que el afectado haya dado ese paso.

Contexto y matices

Este caso no supone una exclusión general para quienes padecen fibromialgia, pero sí marca el listón judicial: la cronicidad de la enfermedad no garantiza la pensión si no hay una afectación funcional severa y permanente. La decisión se suma a otras resoluciones recientes que exigen pruebas objetivas y una repercusión clara en la capacidad laboral.

La accesibilidad y el trato a personas con enfermedades crónicas en el sistema público siguen siendo objeto de debate. Cambios normativos recientes, como los nuevos reglamentos de accesibilidad, buscan mejorar la atención y la comprensión de las necesidades de estos colectivos, aunque en la práctica la protección legal sigue dependiendo de criterios médicos y jurídicos estrictos.

El fallo del TSJ de las Islas Baleares muestra la distancia entre el reconocimiento social de la fibromialgia y el rigor de la ley. Mientras la enfermedad sigue siendo un reto para quienes la padecen, la justicia española mantiene una línea restrictiva: solo los casos con limitaciones graves y objetivables logran el respaldo de los tribunales. Esta postura, aunque legalmente sólida, deja a muchos trabajadores en una situación de incertidumbre, obligados a alternar entre el empleo y las bajas temporales sin una solución estable.

La posición adoptada por el TSJ Balears está en línea con otras sentencias recientes y con la interpretación de la Seguridad Social, como recogen informes de ElDiario.es.

Laura Castillo Español.News
Redacción de España

Laura Castillo

Laura Castillo es periodista especializada en turismo, cultura e historia de España. Ha colaborado con Descubre Castilla, Rutas con Alma y Vida Local, escribiendo sobre tradiciones, fiestas regionales y rutas de viaje