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Europa fija límites a las ataduras de perros y gatos

Laura Castillo Español.News

Publicado por Laura Castillo

Europa fija límites a las ataduras de perros y gatos Español.News © espanol.news
Europa fija límites a las ataduras de perros y gatos © espanol.news

El nuevo Reglamento europeo restringe el tiempo que perros y gatos pueden estar atados en criaderos y refugios. España ya aplica reglas más estrictas y Polonia prepara una prohibición nacional. Así cambian las obligaciones para operadores y propietarios.

El Reglamento (UE) 2026/1818, publicado el 10 de agosto de 2026, introduce por primera vez en la Unión Europea un límite concreto al tiempo que perros y gatos pueden permanecer atados bajo la responsabilidad de operadores profesionales. La norma, que entrará en vigor el 30 de agosto de 2026 pero será de aplicación general desde el 31 de agosto de 2028, establece que en criaderos, centros de venta, refugios y acogidas gestionadas por operadores, ningún animal podrá estar sujeto a un punto fijo durante más de una hora seguida, salvo excepciones médicas o actividades reguladas.

Este límite europeo no afecta de forma inmediata a los propietarios particulares, ya que la regulación se dirige específicamente a operadores profesionales. Sin embargo, los Estados miembros pueden mantener o aprobar normas nacionales más estrictas, lo que en la práctica genera diferencias relevantes entre países.

España refuerza la protección

En España, la Ley de Bienestar Animal de 2023 ya prohíbe, en su artículo 25, el uso de mecanismos que limiten la movilidad de animales de compañía en un punto fijo, salvo prescripción veterinaria. Además, el artículo 27 impide dejar a un animal atado en espacios públicos sin la presencia de su responsable. La ley también prohíbe mantener habitualmente perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos, y limita a 24 horas el tiempo máximo que un perro puede permanecer sin supervisión. Las sanciones por incumplimiento oscilan entre 500 y 50.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción y sus consecuencias.

La normativa española incluye excepciones para animales utilizados en actividades profesionales, ganaderas o cinegéticas, pero en general sitúa a España entre los países con mayor protección legal para perros y gatos frente a las ataduras prolongadas.

Polonia endurece su legislación

Polonia ha dado un paso más este verano al aprobar una reforma, fechada el 3 de julio de 2026 y publicada el 27 de julio, que prohíbe mantener perros y gatos atados, salvo en situaciones muy concretas como paseos con correa, transporte, asistencia veterinaria o exhibiciones reguladas. La nueva ley, que entrará en vigor doce meses después de su publicación, obliga además a que los perros que vivan en exteriores dispongan de un recinto vallado donde puedan moverse libremente. Si esto no es posible, se establecen condiciones estrictas para los caniles y la obligación de ejercicio diario fuera de ellos.

La reforma polaca sustituye el anterior régimen, que permitía ciertos periodos de encadenamiento, por un modelo mucho más restrictivo, aunque mantiene excepciones justificadas y temporales.

Bienestar animal y diferencias nacionales

El Reglamento europeo justifica estas restricciones por motivos de bienestar animal, señalando que las ataduras prolongadas aumentan el riesgo de trastornos locomotores y dificultan que los animales descansen o desarrollen comportamientos normales. Sin embargo, la aplicación de la norma varía según el país y el tipo de operador, lo que obliga a distinguir entre la regulación europea, las leyes nacionales y las situaciones particulares de cada propietario.

En la práctica, desde 2028 la UE impondrá condiciones mínimas para criaderos, refugios y centros de venta, mientras que países como España y Polonia ya han optado por medidas más estrictas. Para los propietarios particulares en España, la ley estatal ya impone obligaciones claras y sanciones relevantes, lo que sitúa al país a la vanguardia de la protección animal en este ámbito.

Según la información oficial, los textos completos pueden consultarse en el Reglamento (UE) 2026/1818, la Ley 7/2023 y la reforma polaca publicada en julio de 2026. La evolución de estas normas refleja una tendencia europea hacia una mayor protección de los animales de compañía y una creciente exigencia legal para operadores y particulares.

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