En septiembre de 2026, un autónomo recién jubilado se encuentra con 1.062,80 euros al mes. Quien cotizó por el Régimen General recibe 1.734,70 euros. El salto es de 671,90 euros mensuales. Esa brecha no es anecdótica: marca la jubilación de miles de trabajadores por cuenta propia.
El Ministerio de Inclusión publicó los datos el 25 de septiembre. La pensión media del RETA apenas llega al 61,27% de la del Régimen General. Traducido: los asalariados cobran una prestación un 63,22% más alta. La distancia, lejos de acortarse, ha crecido en euros desde enero. Entonces eran 669,70 euros. Ahora son 2,20 euros más cada mes.
Desde 2023, los autónomos cotizan según tramos de ingresos reales, eligiendo su base dentro de los límites fijados por la Seguridad Social.
Comparar ambos regímenes solo tiene sentido si se enfrentan prestaciones de la misma clase. La media global de jubilación en España está en 1.576,10 euros, con una subida interanual del 4,5%. Pero ese dato no refleja la situación de los autónomos, que quedan 513,30 euros por debajo. Si se mezclan jubilaciones con otras pensiones, la foto se desdibuja y la desigualdad real se esconde.
El aumento de la brecha en euros no implica que los autónomos hayan perdido terreno en términos relativos. Desde enero, la pensión media del RETA ha subido 8,40 euros (0,80%) y la del Régimen General, 10,60 euros (0,61%). Así, la distancia en euros es mayor, pero la diferencia porcentual baja levemente: del 38,84% al 38,73%. Dos formas de medir una realidad que, en la práctica, deja menos poder adquisitivo a quienes trabajaron por cuenta propia.
La brecha entre las pensiones de autónomos y asalariados no se debe a una revalorización diferente: ambos colectivos están sujetos al mismo mecanismo de actualización anual de las pensiones contributivas.
Las cifras oficiales resumen trayectorias laborales muy distintas. La media no garantiza que un nuevo jubilado cobre esa cantidad, ni identifica la pensión mínima o máxima. Cada caso depende de años cotizados, bases, edad y modalidad de retiro. Cobrar menos que la media no implica error ni da derecho a reclamar equiparación automática.
El importe mensual tampoco equivale al ingreso neto anual. La Seguridad Social paga, por norma, doce mensualidades y dos extras (junio y noviembre). En algunos casos, las extras se prorratean. Además, la pensión está sujeta a retenciones de IRPF. Multiplicar la media por catorce no refleja el dinero real que entra en el bolsillo.
Quien busca una estimación personalizada puede usar el simulador de Tu Seguridad Social. El sistema calcula la pensión según cotizaciones y trayectoria laboral, y permite proyectar cambios en las bases futuras. Pero sigue siendo una previsión: cualquier variación en la carrera o en la normativa puede alterar el resultado.
Antes de fiarse de la cifra, conviene revisar el informe de bases de cotización. Este documento muestra los importes cotizados, estén pagados o pendientes. Contrastar el informe con el historial personal ayuda a detectar errores o lagunas que puedan afectar a la pensión.
La estadística oficial de septiembre, publicada por el Ministerio de Inclusión, deja claro que la brecha entre autónomos y asalariados no es coyuntural. Es estructural. La diferencia de más de 670 euros mensuales condiciona la vida de los jubilados del RETA y pone en cuestión la equidad del sistema.
El debate sobre la reforma de las pensiones y la sostenibilidad del modelo sigue abierto. Los datos actuales muestran que, para los autónomos, jubilarse implica renunciar a ingresos. Mientras no se aborden causas como las bases históricamente bajas y la falta de incentivos para cotizar más, la brecha seguirá consolidándose. El sistema penaliza a quienes han sostenido su propio negocio durante años y les obliga a afrontar la jubilación con menos recursos y más incertidumbre.
En 2026, una nueva ley permitió a ciertos profesionales que cotizaban en mutualidades alternativas trasladar sus derechos al RETA, siempre que no hubieran accedido ya a una pensión de esas mutualidades. Para quienes cotizaron antes del 10 de noviembre de 1995, cada mes en la mutualidad puede computar como un mes de cotización en el RETA, con condiciones especiales para mayores de 52 años y un plazo de solicitud de un año desde la entrada en vigor de la norma.
Para quien quiera profundizar en los datos, la estadística oficial de septiembre ofrece el detalle completo. La cifra clave: 671,90 euros de diferencia cada mes. Esa distancia, lejos de cerrarse, marca el reto pendiente para el futuro de las pensiones en España.