El Tribunal Supremo de España prohíbe reducir el complemento a la pensión por hijos si se trabaja. El Tribunal Supremo de España ha ordenado a la Seguridad Social calcular el complemento por hijos a partir de la pensión completa, incluso si el pensionista sigue trabajando. Esta decisión cambia las reglas para miles de españoles que compatibilizan pensión y empleo.
El Tribunal Supremo de España ha zanjado la disputa entre los pensionistas y la Seguridad Social: ahora el complemento por hijos debe aplicarse al importe total de la pensión y no a la mitad, si la persona sigue trabajando y cobra la llamada «pensión activa». Esta decisión es especialmente relevante para los autónomos, que son los que más suelen compatibilizar la pensión con la actividad profesional.
Anteriormente, la Seguridad Social aplicaba un régimen especial a estos pensionistas: si la persona continuaba trabajando, solo recibía el 50% de su pensión, y el complemento de maternidad —el plus por hijos creado para compensar las pérdidas de carrera causadas por el nacimiento o adopción— se calculaba sobre esa cantidad. Este método provocaba que la bonificación se redujera de hecho a la mitad.
La decisión judicial se basa en la redacción de la ley, donde se menciona la cuantía «inicial» de la pensión. El Tribunal Supremo subrayó que el plus debe calcularse sobre el importe íntegro reconocido al acceder a la jubilación, y no sobre la cantidad reducida que se abona mientras se compatibiliza con el trabajo. Esto significa que los pensionistas que siguen trabajando no deben perder parte del plus que les corresponde.
El sistema de complemento por hijos está en vigor en España desde 2016. Inicialmente solo se aplicaba a mujeres, pero desde 2021 los hombres también tienen derecho a percibirlo. Actualmente, el importe del complemento es de 36,9 euros mensuales por cada hijo, hasta un máximo de cuatro. Entre 2016 y 2021 la cuantía se fijaba en porcentaje sobre la pensión: 5% por dos hijos, 10% por tres, 15% por cuatro o más.
La decisión del Tribunal Supremo se refiere específicamente a los casos en los que el complemento se calculaba según el sistema antiguo, es decir, como un porcentaje de la pensión. Ahora, la Seguridad Social está obligada a recalcular las prestaciones para quienes recibieron el complemento solo sobre la mitad de la pensión, y a aplicarlo sobre el importe total, con independencia de si el pensionista continúa trabajando o no.
Según datos de Talent24h, esta decisión puede afectar a miles de pensionistas españoles que compatibilizan la pensión con un empleo. Para ellos, no solo es una cuestión de justicia, sino también un incremento significativo en sus ingresos mensuales.
Los expertos señalan que decisiones judiciales como esta establecen una nueva práctica y pueden influir en el desarrollo futuro de la legislación sobre pensiones en España. Es importante destacar que el recálculo de los complementos no será automático: los pensionistas afectados por la antigua restricción deben solicitar el ajuste en la Seguridad Social.