El Consejo General del Poder Judicial remite dos investigaciones al TSJ de Madrid sobre el juez Peinado, instructor del caso Begoña Gómez. Otras cuatro pesquisas han sido archivadas tras intensas deliberaciones internas.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido enviar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid dos de las diligencias informativas abiertas contra el juez Juan Carlos Peinado, responsable de la instrucción del caso que afecta a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. La decisión, adoptada por mayoría, implica que solo dos de las seis investigaciones iniciales seguirán adelante, mientras que las otras cuatro han sido archivadas, según fuentes consultadas por EL PAÍS.
La comisión permanente del CGPJ, compuesta por la presidenta Isabel Perelló y siete vocales, se vio obligada a posponer la resolución la semana pasada ante la falta de consenso sobre el futuro disciplinario del magistrado. Finalmente, este martes se acordó remitir al TSJ de Madrid los expedientes relacionados con posibles faltas de desconsideración y retraso en la tramitación de causas, limitando así el alcance de las medidas disciplinarias propuestas inicialmente.
Uno de los expedientes trasladados se centra en las declaraciones de Peinado al justificar la retirada del pasaporte a Begoña Gómez, argumentando que los escoltas policiales del presidente y su esposa podrían facilitar una eventual fuga. Este razonamiento generó sorpresa tanto en el Gobierno como en el propio Poder Judicial, que convocó una reunión extraordinaria para analizar la situación. Aunque la presidenta del CGPJ propuso abrir expediente disciplinario por posible infracción grave según el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la comisión optó finalmente por remitir el caso a la autoridad disciplinaria para que valore si las expresiones del juez constituyen una falta grave de desconsideración.
El segundo expediente está vinculado a quejas sobre posibles retrasos en la instrucción de otros procedimientos, mientras que las investigaciones archivadas incluían denuncias del ministro Félix Bolaños y de representantes políticos como Más Madrid y el diputado socialista Guillermo Hita. Estas quejas señalaban supuestas irregularidades en la actuación de Peinado, como la pérdida de plazos en causas relevantes o la forma en que interrogó a testigos en el marco del caso Gómez. Sin embargo, la comisión consideró que no existían elementos suficientes para mantener abiertas estas diligencias, aunque en algunos casos se dejó la puerta abierta a reabrirlas si se aportan nuevos datos.
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el CGPJ solo puede actuar ante expresiones improcedentes en resoluciones judiciales si así lo solicita el tribunal superior correspondiente, lo que ha limitado el margen de maniobra en este caso. Además de las denuncias de actores políticos, también se archivaron quejas presentadas por Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez e imputada en la misma causa, y por un particular.
El debate sobre la actuación de jueces en casos de alto perfil no es nuevo en España. En Madrid, la gestión de investigaciones judiciales ha generado controversias similares en el pasado, como ocurrió durante el proceso del caso Kitchen, donde la instrucción y las decisiones de los magistrados estuvieron bajo el escrutinio público y político. En ese contexto, la reciente decisión del CGPJ recuerda a situaciones previas en las que la independencia judicial y la presión institucional se han cruzado, como se analizó en el artículo sobre el juicio por el espionaje a Bárcenas, disponible en el seguimiento del caso Kitchen en Madrid.
El CGPJ, órgano encargado de la disciplina judicial en España, actúa como garante de la independencia de los jueces, pero sus decisiones suelen estar marcadas por la división interna entre sensibilidades conservadoras y progresistas. El caso de Juan Carlos Peinado pone de relieve las tensiones existentes en torno a la instrucción de causas que afectan a figuras públicas y la dificultad de encontrar consensos en el seno del órgano de gobierno de los jueces. El TSJ de Madrid deberá ahora valorar si las actuaciones del magistrado merecen sanción disciplinaria, en un contexto donde la transparencia y la imparcialidad del sistema judicial siguen siendo objeto de debate público.
En España, el CGPJ es responsable de supervisar la conducta de los jueces y puede imponer sanciones que van desde multas económicas hasta la suspensión o expulsión de la carrera judicial. El artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial regula las infracciones graves, incluyendo el abuso de autoridad y la falta de consideración hacia otros operadores jurídicos. Las decisiones del CGPJ pueden tener impacto directo en la percepción ciudadana sobre la justicia y en la confianza en las instituciones. El caso Peinado se suma a una serie de episodios recientes que han puesto a prueba la capacidad del sistema para gestionar conflictos internos y garantizar la rendición de cuentas en la judicatura.